¿Estás pensando en abrir tu propio negocio o tienda en Madrid? La capital ofrece infinitas oportunidades para emprender, además, tanto los impuestos como la burocracia son más favorables que en otras ciudades españolas.
Para empezar un negocio en la capital, tendrás que cumplir una serie de requisitos y realizar una serie de trámites burocráticos. No te preocupes, en Madrid estos trámites son relativamente simples (por lo general).
En este artículo, veremos qué trámites tendrás que realizar, qué requisitos deberás cumplir, qué inversión inicial puedes llegar a necesitar y mucho más.
También te aconsejamos que le eches un ojo a estos otros artículos, en los que repasamos las obligaciones y trámites necesarios a nivel nacional:
- Cómo abrir un local comercial en España: Vemos los trámites, requisitos, documentación y costes de abrir un local en territorio español, a nivel general.
- Cómo abrir un negocio en España: Vemos el paso a paso para abrir una empresa (una Sociedad Limitada). También tenemos este otro artículo, en el que no nos centramos en los aspectos legales y burocráticos sino en los aspectos de negocio: cómo estudiar su viabilidad, cómo conseguir clientes, entre otros.
- Cómo abrir una tienda o comercio: Ahondamos en aspectos tanto legales como de negocio. Por ejemplo, vemos cómo analizar la viabilidad de un negocio local, es decir, de una tienda o comercio, cómo hacer un presupuesto o elegir proveedores, entre otros.
Además, si el negocio que quieres abrir es un bar o una peluquería, ya tenemos otros dos artículos al respecto, donde cubrimos las regulaciones y requisitos específicos de cada uno:
- Cómo abrir un bar en Madrid: Vemos los trámites, requisitos, procedimientos y documentación necesarios para abrir un bar en la capital. Además, vemos cuánto puedes llegar a facturar con un bar en Madrid y si es o no buena idea en general abrir un bar en esta ciudad.
- Cómo abrir una peluquería en Madrid: Vemos los trámites, requisitos, procedimientos y documentación necesarios para abrir una peluquería en Madrid. También vemos cuánto dinero se puede llegar a ganar, si es o no buena idea abrir un negocio de peluquería en la capital, entre otros.
- Cuánto cuesta abrir un local en Madrid: Vemos la inversión inicial necesaria para abrir un local en Madrid y el desglose de la misma.
Abrir una tienda en Madrid – Índice
- ¿Qué se necesita para poner un negocio en Madrid, España?
- Ideas de negocio: ¿Qué negocios son rentables en Madrid?
- Presupuesto para abrir una tienda en Madrid: Gastos iniciales.
- Conclusión.
¿Qué se necesita para poner un negocio en Madrid, España?
Para abrir un negocio en Madrid, se necesitarán una o más licencias y permisos, cumplir con los requisitos y las normativas municipales, hacer los trámites correspondientes con el Ayuntamiento y darse de alta como autónomo o abrir una empresa.
En general, se necesita lo siguiente:
- Darse de alta como autónomo o abrir una empresa (en caso de que prefieras operar bajo una personalidad jurídica).
- Obtener una licencia de apertura o presentar una declaración responsable.
- Obtener una licencia de obras (si vas a tener que hacer obras).
- Pago de las tasas correspondientes.
Requisitos generales para abrir una tienda en Madrid
Por un lado, tú, como persona física, para iniciar una actividad económica en Madrid (o en cualquier otra parte de España), tendrás que darte de alta como autónomo o fundar cualquier personalidad jurídica que sea compatible con la actividad que vayas a llevar a cabo (por ejemplo, una empresa o Sociedad Limitada convencional, una cooperativa, entre otros).
Por otro lado, el local en el que vayas a realizar la actividad económica tendrá que cumplir una serie de requisitos.
Estos requisitos suelen ser los mismos (con pequeñas diferencias puntuales) para la mayoría de actividades clasificadas como inocuas (más adelante veremos qué es esto).
Si la actividad que desarrollarás es clasificada (más adelante veremos qué es esto también), la cantidad de requisitos adicionales será mayor.
Los requisitos generales que deben cumplir los locales de los comercios en Madrid son los siguientes:
- Altura mínima: 2.50 m en salas de venta; 2.20 m en zonas sin personal habitual (almacenes, baños…).
- Distribución:
- Sala de ventas.
- Almacén/trastienda (en negocios de alimentos/bebidas).
- Cuarto de basuras (servirá el de la comunidad, pero necesitarás tener uno propio si la generación de residuos en tu negocio supera los 240 L/día).
- Cuartos de baño: Como mínimo, el local deberá contar con un retrete y un lavabo si el tamaño de este es inferior a los 200 metros cuadrados. Por cada 200 m² adicionales o fracción superior a 100 m² será necesario disponer de otro retrete y otro lavabo, separados por sexos. También se deberá disponer de un anteaseo para separar los aseos del resto del local. Para establecimientos con una superficie superior a 750 m², será obligatorio disponer también de baños de uso público.
- Vestuarios para el personal (en negocios de elaboración y/o venta de alimentos/bebidas).
- Si el tamaño total de las zonas de venta del local es superior a los 500 m², será necesario disponer de una zona de carga y descarga en el exterior.
- Instalaciones esenciales: Agua (tanto fría como caliente), ventilación, electricidad, saneamiento; suministro de agua contra incendios si el tamaño del local es superior a los 500 m².
- Accesibilidad: Es obligatorio que los locales sean accesibles (desde el exterior) para personas con discapacidad. En edificios ya construidos, si no se puede cumplir con estos requisitos, se contemplan excepciones. Para obtener información específica sobre tu situación, debes remitir una consulta al Ayuntamiento.
- Aire acondicionado y fachadas:
- Los equipos de aire acondicionado no podrán sobresalir más de 30cm de la fachada ni alterar significativamente su estética.
- La instalación de marquesinas está generalmente prohibida.
- Por lo general, los cajones de persianas no pueden estar en el exterior del cierre. Deben ubicarse dentro del local, sin sobresalir hacia la fachada.
- Elementos publicitarios: Estos deben cumplir con lo dispuesto en la ordenanza de publicidad exterior. Esta normativa es bastante extensa y las normativas a aplicar dependerán de varios factores, como el tipo de edificio o la zona en la que se encuentre. Puedes leer el texto completo de la ley aquí.
Además, si el local se encuentra en un edificio que cuenta con algún tipo de protección patrimonial, puede haber requisitos adicionales. Puede, incluso, que no sea posible desempeñar cualquier tipo de actividad comercial en el local.
Entre otras obligaciones, si el edificio está protegido, para iniciar tu actividad en el local situado en el mismo, deberás revisar la fachada del local y, de haber sido modificada, restaurarla a su estado original. Esto es necesario incluso si dicha restauración no afecta en nada al funcionamiento del local.
Por último, pero no por ello menos importante, deberás buscar la ficha urbanística del local para comprobar en qué ámbito urbanístico se encuentra, puedes comprobar esto en el Visualizador Urbanístico del Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid. También deberás comprobar que el uso comercial que quieres darle al local está permitido bajo la normativa urbanística del municipio en el que se encuentre y la compatibilidad de uso.
En lo que a la compatibilidad de uso respecta, Los locales regulados por una Norma Zonal (NZ) permiten el pequeño comercio, definido como aquel con una superficie inferior a 500 m², en plantas bajas o inferiores a la baja, siempre que ambas estén conectadas interiormente y tengan acceso directo desde la vía pública.
Sin embargo, para locales de mediano comercio, con superficies entre 500 y 2.500 m², o grandes superficies de más de 2.500 m², así como para aquellos que se deseen ubicar en plantas superiores a la baja, es necesario obtener información específica sobre las condiciones aplicables. Por otro lado, en el caso de locales situados en áreas no reguladas por una Norma Zonal, se aconseja buscar información detallada en ADA o en el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible para determinar los requisitos correspondientes.
Otros requisitos importantes: Las leyes antifraude y las leyes de protección de datos
Aunque es cierto que estos requisitos deben ser cumplidos a posteriori, es decir, una vez ya hayas abierto tu negocio, es muy probable que el sistema TPV lo adquieras antes de empezar a operar, por lo que tendrás que tenerlos en cuenta desde casi el principio (ya que prácticamente el cumplimiento o no de estos requisitos quedará determinado por el TPV que elijas).
Por un lado, los comercios locales en España deben cumplir con la normativa de protección de datos establecida en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Esto implica garantizar que los datos personales de clientes, empleados y proveedores se recopilen, almacenen y utilicen de manera legal, transparente y segura.
Asegúrate de elegir un software TPV que cumpla con las normativas españolas y europeas de tratamiento de datos, de lo contrario, podrías enfrentar serias sanciones.
Por otro lado, también tendrás que cumplir con La Ley Antifraude 11/2021 y con el Reglamento VeriFactu.
Entre otros, lo que se estipula en las normativas de La Ley Antifraude es que todos los sistemas de gestión de la contabilidad y la facturación deberán cumplir con una serie de requisitos técnicos de funcionamiento determinados.
Si utilizas un software o solución que no cumple con estos requisitos, serás tú quien enfrente la sanción, que puede llegar a ser de hasta más de 50.000 euros.
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En la fecha en la que escribimos esto, estamos trabajando en las últimas actualizaciones para adaptar nuestro software a las nuevas normativas antifraude, que pasarán a ser obligatorias a partir de julio de 2025.
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Documentación necesaria
Para abrir un comercio o negocio local en Madrid, necesitarás reunir la siguiente documentación:
- DNI (en caso de hacer la solicitud como persona física, es decir, como autónomo) o escrituras de la sociedad (en caso de hacer la solicitud como empresa o como cualquier otro tipo de personalidad jurídica).
- Escrituras del local (en caso de ser propietario) o contrato de alquiler.
- Proyecto técnico del local. Debe haber sido realizado por un profesional colegiado.
- Documento que justifique la liquidación de las tasas correspondientes.
- Declaración responsable.
Trámites necesarios
El procedimiento y trámites burocráticos a realizar pueden variar según el tipo de actividad que se desee emprender. Existen dos opciones principales para formalizar la apertura:
- La declaración responsable.
- La licencia de actividad.
La declaración responsable es un documento mediante el cual el solicitante informa al Ayuntamiento que cumple con todos los requisitos legales y técnicos para iniciar su actividad.
Una vez presentada la declaración responsable y la documentación necesaria, el negocio puede abrir de forma inmediata (o, en algunos casos, en un periodo de un mes desde la presentación), sin necesidad de esperar autorización previa. Es un procedimiento más rápido y económico, aunque el Ayuntamiento realizará inspecciones posteriores para garantizar el cumplimiento de las normativas.
Este procedimiento se implementó en la Comunidad de Madrid con La Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid y pueden acogerse a él las actividades consideradas por la legislación como inocuas, es decir, aquellas sin un potencial impacto en el medio ambiente, la salud pública o la convivencia que sea significativo.
Por otro lado, las actividades clasificadas, aquellas que sí tienen un potencial impacto significativo en la salud pública, la convivencia o el medio ambiente, como restaurantes con cocina industrial o talleres mecánicos, requieren una licencia de actividad.
Este permiso debe obtenerse antes de iniciar el negocio y requerirá de una inspección previa del Ayuntamiento. Es un trámite más complejo, lento y costoso, ya que la apertura solo puede realizarse tras la aprobación oficial del Ayuntamiento.
¿Mi actividad es inocua o clasificada?
Según lo dispuesto en La Ley que mencionamos antes, las actividades cuya apertura podrás tramitar por la vía rápida (mediante una declaración responsable), son las siguientes:
- Comercio al por menor de alimentación.
- Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
- Comercio mixto o integrado en grandes superfícies.
- Comercio mixto o integrado al por menor.
- Reparaciones.
- Instalaciones financieras.
- Seguros.
- Servicios a empresas.
- Alquiler de bienes muebles.
- Servicios personales.
Si tu comercio no está dentro de estas tipologías, es posible que todavía puedas tramitar su apertura por la vía rápida. Te recomendamos que consultes tu casuística concreta con el Ayuntamiento.
¿Dónde realizar los trámites?
Los trámites pueden realizarse tanto de forma telemática como presencial en las oficinas del Ayuntamiento correspondiente. Es importante verificar los requisitos específicos del municipio, ya que pueden variar ligeramente en función de la normativa local.
¿Cómo hacerse autónomo en la Comunidad de Madrid?
Para darte de alta como autónomo en la Comunidad de Madrid, tendrás que seguir los siguientes pasos:
- Darte de alta en la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Debes realizar el alta en un plazo de 60 días previos al inicio de tu actividad.
- Darte de alta en Hacienda a través del modelo 036 o 037.
- El modelo 037 de declaración censal simplificada está diseñado para personas que cumplan estas condiciones: tienen un número de identificación fiscal, gestionan sus trámites directamente sin un representante, su domicilio fiscal coincide con el lugar de gestión administrativa, no están clasificadas como grandes empresas y no se dedican a realizar ventas a distancia. Para el resto de casos, se deberá usar el modelo 036.
Puedes hacer estos trámites tanto de forma online como presencial. En caso de preferir hacerlo presencialmente, para tramitar tu alta en la Seguridad Social tendrás que presentar el modelo TA0521 (puedes encontrar el formulario aquí).
Darse de alta como autónomo de forma online
La tramitación online es mucho más sencilla, especialmente en la Comunidad de Madrid. Tienes dos formas de hacerlo:
- Mediante los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE): Estos simplifican el proceso mediante el uso del Documento Único Electrónico (DUE). Este documento permite gestionar de forma online, y en un solo paso, tanto el alta en Hacienda como en la Seguridad Social. En Madrid, Madrid Emprende cuenta con 7 puntos PAE: uno en la Ventanilla Única del Emprendedor y seis en los viveros de empresas.
- Mediante la plataforma CIRCE: Si lo prefieres, puedes acceder por tu cuenta a la plataforma CIRCE y completar directamente el DUE sin necesidad de acudir a un PAE.
¿Cuál es la cuota de autónomos en Madrid?
La cuota mensual que un autónomo debe abonar en Madrid depende de sus ingresos netos y del sistema de cotización vigente.
Por un lado, para nuevos autónomos que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), existe una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad. Esta tarifa es aplicable a nivel nacional.
Por otro lado, la Comunidad de Madrid ofrece una ayuda adicional denominada “Cuota Cero“, que bonifica al 100% la Tarifa Plana estatal. Esto significa que, durante el primer año, los nuevos autónomos no pagan cuota alguna. Además, si los rendimientos netos anuales son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), esta bonificación puede extenderse por un segundo año.
Una vez vencidos estos periodos iniciales, la cuota de autónomos a abonar será la misma que en el resto de regiones, ya que la cuota se fija a nivel nacional, por parte del gobierno central, y no a nivel regional.
Puedes ver todas las tablas de cotización y cuotas según ingresos en los siguientes enlaces:
- Tabla de cotizaciones para 2024.
- Cómo calcular tus rendimientos netos para calcular las cuotas.
- Calculadora de cuotas de autónomos.
¿Cómo abrir una empresa / negocio en la Comunidad de Madrid?
Por lo general, el procedimiento para abrir una Sociedad Limitada en Madrid es el siguiente:
- Reserva del nombre: Solicita la certificación negativa de denominación social en el Registro Mercantil Central. Este documento certifica que el nombre que le darás a tu empresa no está ya cogido.
- Obtención del NIF provisional: Solicita el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036. Tendrás que presentar la certificación negativa de denominación social y tu DNI.
- Redacción de estatutos sociales: Define las normas que regirán la empresa, incluyendo objeto social, capital y estructura administrativa.
- Aportación de capital social: Deposita el capital mínimo requerido en una entidad bancaria y obtén el certificado correspondiente. Para las Sociedades Limitadas (SL), este capital mínimo es de 3000 euros.
- Escritura pública de constitución: Formaliza la constitución de la empresa ante notario.
- Inscripción en el registro mercantil: Registra la empresa en el Registro Mercantil de Madrid.
- Obtén el NIF definitivo: Una vez tu empresa haya quedado inscrita en el Registro Mercantil, deberás obtener el NIF definitivo. Para ello, tendrás que presentar el modelo 036, una fotocopia de la escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil y una fotocopia de tu DNI (del DNI del solicitante).
- Alta en el IAE: Tendrás que darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Dependiendo de tu actividad, puede que tengas que darte de alta en otros registros adicionales.
Si quieres empezar tu actividad como empresa, te recomendamos que consultes estas otras dos fuentes, donde encontrarás una explicación mucho más pormenorizada, encontrarás información sobre ayudas y subvenciones, sobre cómo elaborar el plan de empresa, entre otros:
- Información general para montar una empresa en Madrid, proporcionada por el Ayuntamiento de Madrid.
- Trámites necesarios, dónde realizarlos y más.
- Asesoramiento gratuito a emprendedores.
Ideas de negocio: ¿Qué negocios son rentables en Madrid?
Madrid, como capital de España, ofrece un entorno dinámico y propicio para el emprendimiento. Prácticamente casi cualquier tipo de negocio puede ser rentable en Madrid. Al fin y al cabo, es la ciudad con más población de España y la que más turistas recibe, lo que significa que tendrás una gran cantidad de clientes potenciales y que hay espacio para más competidores, más que en otras ciudades.
Según varias fuentes, los negocios más rentables en Madrid son:
- Hostelería y restauración: La rica cultura gastronómica de Madrid convierte a la hostelería en un sector atractivo. Establecimientos que ofrecen experiencias únicas, como cocina de autor, tapas gourmet o conceptos de comida saludable y ecológica, tienen una gran demanda.
- Turismo: Al ser la ciudad española que más turistas recibe, hay una gran cantidad de oportunidades en el sector turístico.
- Moda: Madrid es una de las principales ciudades europeas de la moda, albergando eventos de renombre como la Mercedes-Benz Fashion Week Madrid. Esto la posiciona como un referente en el sector. Además, Madrid tiene una población diversa y cosmopolita, además de ser un destino turístico de primer nivel.
- Belleza y cuidado personal: Por ejemplo, peluquerías, centros de estética, entre otros.
- Franquicias: Invertir en una franquicia puede ser una opción rentable, ya que se aprovecha el reconocimiento de marca y un modelo de negocio probado. Sectores como la restauración, la estética y los servicios están bien representados en Madrid.
Presupuesto para abrir una tienda en Madrid: Gastos iniciales
Por lo general, abrir una tienda cuesta entre 12.500 y 55.000 euros, un rango similar para casi todas las regiones de España.
A continuación, te proporcionamos un desglose de los gastos iniciales necesarios:
¿Cuánto cuesta la licencia de actividad en Madrid?
En Madrid, las tasas de las licencias y permisos iniciales son generalmente menores a las fijadas en otras Comunidades.
Si puedes iniciar tu actividad por la vía rápida, es decir, si la actividad es inocua, el coste será menor. El coste dependerá del tamaño del local y la ubicación. Por lo general, para un local estándar de 100 metros cuadrados podría costar alrededor de 450 euros.
Si la actividad es clasificada, el coste es mayor. Para el caso del local del ejemplo anterior, podría rondar los 1000 euros.
Además, necesitarás un proyecto técnico del local. En Madrid el coste podría estar entre los 1000 y los 2000 euros.
En función del tipo de actividad, es posible que también necesites un PCI (Proyecto Técnico contra Incendios) y un estudio de impacto acústico.
Elige bien qué software TPV utilizar
Otra partida de gasto inicial es el sistema TPV a utilizar, incluyendo el propio software TPV.
Este es probablemente uno de los pasos más importantes a la hora de abrir un local comercial: elegir el software TPV adecuado.
A este respecto, nuestra recomendación es que elijas helloCash.
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Para utilizar nuestro software (o cualquier otro software TPV que elijas), necesitarás adquirir una serie de dispositivos:
- Un ordenador, móvil o tablet: En el que utilizar el software.
- Un lector de tarjetas: Para procesar pagos con tarjeta.
- Una impresora de recibos: Para imprimir tickets y recibos.
El pack completo de dispositivos, es decir, adquirir un sistema TPV, suele costar alrededor de 1000 euros o más.
Si quieres ver los precios de cada cosa o incluso adquirir estos dispositivos ya mismo, puedes echarle un ojo a nuestra tienda online haciendo clic aquí.
Conclusión
Madrid ofrece una gran cantidad de oportunidades de emprendimiento. Al tratarse de la ciudad más poblada de España, que más turistas recibe y una de las regiones con los salarios más elevados, hay una gran cantidad de oportunidades de negocio y es más fácil ser rentable.
Contar con herramientas adecuadas como un software TPV confiable es fundamental para el éxito: tanto para simplificar la gestión diaria de tu tienda como para cumplir con todas las normativas vigentes.
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Descargo de responsabilidad: Señalamos expresamente que este artículo no reemplaza el asesoramiento legal y/o fiscal.