¿Estás pensando en abrir un bar? 

Si es así, has entrado en el lugar adecuado. Desde helloCash, con el objetivo de ayudarte en el mar burocrático que supone abrir un negocio, hemos hecho las consultas legales pertinentes y, con ello, hemos preparado una guía detallada y exhaustiva sobre cómo abrir un bar paso a paso: qué hay que hacer, qué documentación necesitas, qué trámites cumplimentar, y qué requisitos y normativas hay que cumplir, entre otros. 

Lo hemos tenido en cuenta TODO: normativas, requisitos, trámites, documentación. Nos hemos asegurado de que nuestra guía sea la más completa y que más aspectos cubre.

Como verás a lo largo del artículo, abrir un bar no es algo fácil: hay una gran cantidad de normativas, trámites y requisitos, que tendrás que cumplir de forma meticulosa, tanto para poder empezar tu actividad como para poder seguir operando una vez ya la hayas empezado.

Por cierto, aprovechamos para recordarte que, si necesitas un TPV para tu futuro bar, helloCash dispone de un plan de TPV para bare (puedes ver todo lo que podrás hacer con él aquí) con uno de los precios más competitivos del mercado (puedes ver nuestros precios aquí).

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Sin más dilación, veamos qué hay que hacer para abrir un bar.

Cómo abrir un bar en España – Índice

Abrir un bar en España paso a paso (c) pexels.com

Cómo abrir un bar en España paso a paso: Resumen

Para ahorrarte la lectura del artículo entero y darte desde el principio una visión general y simplificada de lo que tienes que hacer para abrir un bar, hemos preparado esta sección-resumen con un paso a paso muy simplificado.

En resumen, los pasos más importantes a seguir para abrir un bar, son:

  1. Encontrar un local adecuado. Debe cumplir con todos los requisitos técnicos necesarios, que veremos a lo largo del artículo (son demasiados; es imposible resumirlos aquí).
  2. Obtener una licencia de apertura. Los requisitos y trámites necesarios dependerán del ayuntamiento del municipio en el que vayas a operar.
  3. Abrir una empresa o darte de alta como autónomo. Tendrás que hacer los trámites necesarios con Hacienda y con la Seguridad Social.

En nuestro resumen, la totalidad del proceso puede parecer fácil. No obstante, la realidad es que no lo es, hay una gran cantidad de normativas, trámites y requisitos con los que tendrás que lidiar, en las secciones posteriores veremos cuáles exactamente.

Trámites y requisitos para abrir un bar en España

En España, para abrir un bar, el ayuntamiento debe concederte una licencia de apertura. Básicamente, se trata de una licencia que certifica que, después de que el ayuntamiento haya realizado las inspecciones y comprobaciones necesarias, tu local y la forma en la que desarrollarás tu actividad cumplen con todas las normativas. 

Así pues, para abrir un bar en España, tendrás que obtener las siguientes licencias y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Obtener una licencia de apertura/actividad.
    • Proyecto/Informe técnico del local y su adecuación, realizados por un profesional colegiado. 
    • Visado del proyecto técnico (se trata de un acto colegial de supervisión de la actividad profesional de los técnicos).
    • Medidas de insonorización y requisitos de decibelios.
    • Plan de prevención de incendios y plan de evacuación.
    • Sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos. Se trata de un documento en el que se analizan los riesgos sanitarios y se estipulan las prácticas que se llevarán a cabo para prevenirlos).
    • NIF o CIF de la sociedad correspondiente.
    • Seguro de responsabilidad civil.
    • Los trabajadores del bar tendréis que contar con el Carnet de Manipulador de Alimentos y haber realizado un curso de alergias e intolerancias alimentarias.
    • Justificantes de los pagos de las tasas correspondientes.
  • El local debe cumplir con ciertos requisitos técnicos
    • Contar con una salida de humos reglamentaria.
    • Contar con un número mínimo de baños (el número la comunidad autónoma). Estos deben tener, como mínimo, un área de 1,2 x 0,9 m. Y una altura mínima de entre 2,1 y 2,3 m. Además, deben contar con un sistema de ventilación y un revestimiento impermeable en suelos y paredes (para facilitar la limpieza y desinfección).
    • Otros: Cumplir con las normativas de higiene y limpieza, de accesibilidad, de alérgenos, entre otros (las veremos en detalle en las secciones sucesivas).
  • Licencia de obras, ya sea una Licencia de obra mayor o de obra menor (para la adecuación del local).
  • Autorización para la instalación de terrazas y/o veladores, en caso de que quieras poner sillas, mesas y sombrillas en la vía pública.
  • Licencia ambiental (no siempre es necesaria. Depende del ayuntamiento y de la ubicación. Se trata de una licencia que asegure que el local cumple con las normativas medioambientales).

Tienes que tener en cuenta que, antes de que se te conceda la licencia y una vez que hayas realizado todas las tareas de acondicionamiento necesarias, el ayuntamiento realizará una inspección para comprobar que se cumplen con todos los requisitos.

Por último, cabe mencionar que, antes de concederte la licencia, el ayuntamiento informará a los vecinos afectados de la instalación del bar.

Trámites y requisitos para abrir un bar en España (c) pexels.com

Papeles y documentación necesaria para abrir un bar

Así pues, para abrir un bar, además de las licencias, trámites y documentos que hemos mencionado, necesitarás la siguiente documentación/papeles:

  • Para la Licencia de apertura
    • NIF / CIF.
    • Plan contra incendios.
    • Justificante del pago de las tasas correspondientes.
    • Proyecto técnico (en el que quede certificado que el local cumple con todos los requisitos y normativas).
    • Sistema APPCC.
    • Carnet de manipulador de alimentos y de alergias e intolerancias alimentarias.
    • Seguro de responsabilidad civil.
  • Otros
    • Contrato de alquiler del local o nota simple o escrituras, en caso de ser tú el propietario.
    • Escrituras de constitución de la empresa (en caso de que vayas a llevar a cabo la actividad como empresa).
    • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el epígrafe correspondiente.
    • Referencia catastral del local.
    • Declaración responsable (puede ser un requisito adicional en algunos municipios).
  • Documentación necesaria si quieres operar como empresa (para darla de alta), la explicamos en detalle en nuestro artículo sobre cómo abrir un negocio en España:
    • Certificación negativa del nombre de la empresa
    • Redacción de los estatutos sociales
    • Cumplimentación del modelo 036 (alta en el ROI y obtención del NIF definitivo).
    • Acta de constitución de la empresa (ante notario).
    • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si procede.
    • Alta como autónomo.
    • Registro de la empresa en el registro mercantil.
    • Libros de sociedades.
    • Obtención del certificado electrónico.
    • Apertura de una cuenta bancaria y depósito del capital social.
  • Documentación necesaria si quieres operar como autónomo (para darte de alta):
    • Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • DUE (Documento Único Electrónico), si harás el alta online, o el modelo TA0521, si la harás presencialmente.
    • Alta en Hacienda, mediante el modelo 036 o 037.
    • Documentación personal (DNI, fotocopia del DNI, entre otros).
Papeles y documentación necesaria para abrir un bar (c) pexels.com

Licencias necesarias para abrir un bar

Para abrir un bar, necesitarás una licencia de apertura o actividad, la cual tendrás que solicitar al ayuntamiento del municipio en el que vayas a operar y, en el caso de los bares, es concedida después de que el ayuntamiento haya inspeccionado y comprobado que el local, entre otros aspectos, cumple con todas las medidas y normativas vigentes. 

Puedes encontrar más información sobre cómo abrir un local comercial y obtener las respectivas licencias aquí.

Además de cumplir con todos los requisitos y normativas mencionados hasta ahora. No podrás abrir tu bar al público hasta que no obtengas la licencia y, para obtenerla, el ayuntamiento tendrá que darte el visto bueno tras haber realizado una inspección del local y haber recibido todos los certificados y documentación correspondiente.

Ten en cuenta que estos requisitos que hemos mencionado varían de ayuntamiento en ayuntamiento.

Licencias necesarias para abrir un bar (c) pexels.com

Qué tipo de negocio es un bar

Así pues, un bar es un establecimiento comercial que se especializa en la venta de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, así como a menudo también ofrece aperitivos o comidas. Esta actividad está regulada como clasificada.

Por lo general, existen dos tipos de actividades, las inocuas y las clasificadas. 

  • Las actividades inocuas son aquellas cuyo riesgo de perjuicio en el medio ambiente y en la comunidad, o de alteración e interferencia en estos, es muy bajo o nulo. Por ejemplo, es el caso de las peluquerías, las tiendas de distintos tipos, entre otros.
  • Las actividades clasificadas son aquellas cuyo potencial impacto en la comunidad y/o el medio ambiente o de interferencia en el normal funcionamiento de estos sí es significativo, ya sea, como es en el caso de los bares, por el ruido generado por la actividad, los residuos, el riesgo de incendios, el riesgo de causar algún tipo de daño a la salud pública, potencial de daños a terceros, entre otros.

Para abrir un negocio cuya actividad esté clasificada como inocua, no tendrás que esperar a la respuesta del ayuntamiento, podrás abrir una vez hayas presentado la documentación pertinente para obtener la licencia de apertura, además de una declaración responsable, en la que te comprometas a cumplir con todas las normativas y requisitos. 

No obstante, en lo que a las actividades clasificadas respecta, sí será necesario esperar a la concesión de la licencia de apertura por parte del ayuntamiento para poder iniciar la actividad. Además, los requisitos y documentación necesarios son más estrictos. 

Cuánto cuesta la licencia para abrir un bar

El coste de la licencia de apertura para abrir un bar es de entre 1.000 y 2.000 euros, dependiendo del ayuntamiento (recuerda que son los ayuntamientos los que deciden tanto las normativas que regularán las actividades de índole local como las tasas a abonar). Esta cifra hace referencia meramente a las tasas a abonar para tramitar la solicitud de la licencia, no obstante, como hemos visto antes, hay otros documentos y licencias que deberás obtener para poder obtener la licencia de apertura, y que también tendrán un coste.

Encontrarás un desglose completo de cuánto cuesta abrir un bar en el siguiente artículo.

Así, los costes de algunas de estas otras licencias y permisos son los siguientes:

Cuánto cuesta un permiso para abrir un local comercial

Normativas para abrir un bar 

Hemos comentado que, para abrir y operar un bar, tendrás que cumplir con una serie de normativas, entre ellas, normativas de higiene y limpieza, de accesibilidad, y de alérgenos, entre otros.

Veamos cuáles son y qué obligaciones se estipulan en cada una de ellas. 

Las normativas para operar y  abrir un bar son pues las siguientes:

Normativas de higiene y limpieza

Las normativas de índole sanitaria, es decir, de limpieza e higiene, están reguladas por El Reglamento (CE) N° 852/2004, de fecha 29/abril, del Parlamento Europeo y del Consejo y por La Comunicación de la Comisión Europea 2016/C 278/01.

Algunas de las obligaciones más importantes que se imponen a los bares (y otros negocios de hostelería y restauración) en relación a la higiene y la limpieza, son:

  • Las empresas alimentarias están obligadas a implementar medidas y sistemas de protección destinados a prevenir la contaminación de los productos primarios y cualquier proceso al que estos sean sometidos.
  • Los establecimientos deben mantener condiciones de higiene y limpieza óptimas, asegurando la ausencia de acumulación de desechos y el contacto con sustancias tóxicas. Asimismo, se requiere de la implementación de planes de control de plagas y el mantenimiento en buen estado de las instalaciones.
  • El diseño y la disposición de los espacios deben facilitar las tareas de limpieza, desinfección y mantenimiento adecuado, con especial atención en prevenir la contaminación a través del aire.
  • Las superficies de suelos y paredes deben estar construidas con materiales fácilmente lavables, no absorbentes y aptos para la desinfección, garantizando así condiciones sanitarias adecuadas.

Todos estos puntos, así como las prácticas que se implementarán para cumplirlos, deben dejarse por escrito en un documento formal llamado Sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos). Se trata de un documento en el que se analizan los riesgos sanitarios y se estipulan las prácticas que se llevarán a cabo para prevenirlos. Disponer de este documento es obligatorio para poder abrir y operar un bar.

Normativas de accesibilidad

La normativa que regula las obligaciones referentes a la accesibilidad es La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, publicada mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29/noviembre.

En general, esta normativa obliga a los propietarios de negocios de restauración a realizar las adecuaciones necesarias e implementar los procesos pertinentes para garantizar la accesibilidad universal a los servicios ofrecidos.

Para cumplir con la normativa requerida para la apertura de un bar o restaurante, es esencial diseñar cuidadosamente los siguientes aspectos:

  • Establecer procesos de comunicación e información que garanticen el acceso y consumo equitativo para todas las personas.
  • El espacio mínimo de paso entre el mobiliario no puede ser inferior a 90 cm.
  • La distribución del mobiliario y las dimensiones espaciales de su disposición deben permitir realizar un círculo libre de obstáculos de 150 cm de diámetro.
  • Entrada al local accesible (a cota cero o, en su defecto, que disponga de una rampa que no exceda los 3 metros de longitud).
    • El suelo de la entrada debe estar hecho de un material antideslizante.
    • El ancho de las puertas debe ser de entre 80 y 90 centímetros.
  • Disponer de al menos un baño adaptado (la cantidad puede variar en función de la comunidad). Los baños adaptados tienen que contar con puertas correderas.
    • La altura obligatoria de los lavabos es de 85 centímetros, y la profundidad de 50 centímetros.
    • El lavabo adaptado debe contar con una barra de seguridad.
  • Las mesas y las sillas deben estar colocadas y dispuestas de una manera accesible para las personas con silla de ruedas. La altura de las mesas debe ser de entre 75 y 80 cm.
  • Plazas de aparcamiento reservadas para minusválidos y que estén próximas al bar (el ancho mínimo de la plaza debe ser de 2,2 m (puede estar compartida por dos plazas), y el área de aparcamiento de 1,2 m).
  • En caso de que el restaurante cuente con una barra, es imprescindible disponer de al menos un puesto de atención adaptado para personas en sillas de ruedas, cumpliendo así con los estándares de accesibilidad requeridos. 
    • Esta barra deberá tener una altura de entre 80 y 85 cm, una longitud mínima de 80 cm, y una altura libre inferior de entre 70 y 80 cm.

Estos puntos son de carácter general, existen pequeñas variaciones en dichas obligaciones en función de la comunidad autónoma.

Normativas de alérgenos

Esta normativa se rige por el Reglamento UE N° 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de fecha 25/octubre/2011.

Según esta normativa, se debe informar a los consumidores sobre cualquier ingrediente presente en la oferta alimenticia que pudiese causar alergias o intolerancias. Se recomienda informar de ello en la propia carta/menú, de forma clara y fácilmente legible.

Algunas de las sustancias que, según esta normativa, pueden desencadenar alergias o intolerancias (y que por ende, deben ser comunicadas), son:

  • Los cereales con gluten (excluyéndose los jarabes de glucosa a base de trigo o cebada, los cereales empleados en los destilados alcohólicos y las maltodextrinas a base de trigo).
  • Huevos.
  • Crustáceos, pescados y productos derivados.
  • La soja.
  • La leche y la lactosa.
  • Los frutos secos y de cáscara.
  • El apio, la mostaza, los granos de sésamo, los altramuces y todos los productos derivados.
  • El dióxido de azufre y sulfitos si las concentraciones superan los 10 mg/litro.

Normativa de salida de humos

En el contexto de un bar o restaurante, una salida de humos se refiere a la infraestructura necesaria para evacuar el humo y los olores generados por la cocina. Los bares y restaurantes están clasificados como zonas del grupo AE4 en lo que a la generación de humos se refiere.

La normativa de salida de humos fue aprobada en el Real Decreto 314/2006, de 17/ marzo (BOE 28/marzo), y en lo sucesivo se han ido realizado modificaciones. La más reciente mediante el Real Decreto 732/2019, de 20/diciembre. No obstante, hay más normativas que regulan este aspecto, por ejemplo, la normativa UNE EN 1366-8: 2005 o la norma UNE-EN-12101-3:2016.

Esta normativa obliga a los bares a contar con al menos una salida de humos en cada cocina o zona de generación de humos y calor, y cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Este conducto tiene que ser independiente de cualquier otro conducto y tiene que estar protegido contra incendios (así, por ejemplo, cada cocina debe tener su propio conducto).
  • Está prohibido que los humos se evacúen a la fachada.
  • Si los conductos pasan por dentro de la fachada o del edificio a una distancia inferior a 1.50 metros de zonas de la propia fachada no clasificadas EI 30, o de balcones, terrazas o huecos, estos (los conductos) también tendrán que tener una clasificación EI 30. (EI 30 es un tipo de clasificación de materiales y estructuras. Significa que el elemento tiene una aislamiento/resistencia al fuego de al menos 30 minutos). 
  • El sistema de salida de humos debe contar con el sello de calidad CE.
  • La velocidad de la evacuación del humo ha de ser suficiente para que no se almacenen partículas en suspensión contenidas en el humo dentro de los conductos.
  • Se deben evitar ciertos niveles acústicos y vibraciones excesivas.
  • Si tienes una cocina de gas o una parrilla, los filtros de las campanas extractoras deben mantener una separación mínima de 1,20 metros como mínimo de los focos de calor. En el resto de casos, la distancia no puede ser inferior a 0,5 metros.
  • Los filtros de las campanas deben ser accesibles y desmontables para su limpieza. También se debe tener una bandeja de recogida de grasas.
  • Las campanas extractoras deben contar con una separación de más de 50 centímetros.
  • Las campanas extractoras deben contar con una separación de más de 50 centímetros de cualquier otro elemento calificado como A1 (no combustible).
  • Las salidas al exterior del sistema deben garantizar que no entrará agua ni otras sustancias o partículas (desde el exterior) o cualquier cosa que pudiese perjudicar el funcionamiento del sistema. 
  • La salida de humos debe estar a una distancia de 3 metros (al menos) de cualquier otra entrada de aire / de ventilación o de cualquier espacio en el que vaya a haber personas.
  • Se deben disponer registros para poder inspeccionar la instalación y para su limpieza en puntos en los que haya un ángulo de mayor a 30 grados. En los tramos horizontales, dichos registros deben disponerse, al menos, cada 3 metros.
  • No pueden haber compuertas cortafuego en el interior de los conductos.
  • De haber ventiladores, estos están clasificados dentro del tipo F400 90, lo que significa que, su funcionamiento podrá ser de, al menos, 90 minutos a 400 grados centígrados.

Normas de insonorización

La normativa de insonorización establece los niveles de ruido permitidos en el interior y alrededor del establecimiento para minimizar las molestias a los vecinos. Su objetivo principal es mantener y garantizar el bienestar acústico de la comunidad y el cumplimiento de las regulaciones de convivencia urbana.

Las principales obligaciones para los bares, son:

  • Horario: Se establecen ciertas regulaciones horarias en cuanto a las cantidades del ruido máximo permitido o incluso a la apertura de los locales. Por lo general, el ruido permitido entre las 07:00 y las 23:00 es mucho mayor que en horario nocturno.
  • Aislamiento acústico: En cada comunidad autónoma se exige que se realicen las adecuaciones necesarias para crear un aislamiento acústico de una cantidad determinada de decibelios. Estas cifras pueden variar según el tamaño del local y la zona en la que esté ubicado.
  • El ruido máximo permitido, medido en decibelios, dependerá de la zona en la que esté ubicado el local.
    • En zonas sanitarias: Entre las 8 y 22 horas, el ruido ambiental no puede superar los 40-50 db. Por la noche, el rango se sitúa entre 35 y 45 db.
    • En zonas residenciales: Entre las 8 y 22 horas, no se deben superar los 60 db. En las horas de descanso, no se pueden superar los 40 db.
    • Zonas industriales: De media, se pueden alcanzar hasta los 75 db.

Ten en cuenta que estos puntos varían ligeramente de ayuntamiento en ayuntamiento.

Normas de baños

Esta normativa depende enteramente de cada comunidad autónoma. Por lo general, las obligaciones para los bares son las siguientes:

  • Disponer de una cantidad de baños mínima según el aforo del local.
  • Baños independientes, unos para el personal y otros para los clientes.
  • Cantidad mínima de elementos instalados (secadores, dispensadores, entre otros).
  • Contar con un sistema de ventilación.
  • Contar con un revestimiento en los suelos y paredes de los baños que sea impermeable, para facilitar así la limpieza y desinfección.
  • Disponer de al menos un baño adaptado (la cantidad puede variar en función de la comunidad). En la sección sobre las normativas de accesibilidad, indicamos qué requisitos debe cumplir dicho baño. 

Normativa en la utilización de plásticos de un solo uso

En España, la utilización de plásticos de un solo uso está regulada en La Ley de Residuos y Contaminación del Suelo

Esta normativa introduce una serie de obligaciones para los bares y otros tipos de comercios:

  • Sustitución de pajitas, cubiertos de plástico y otros plásticos de un solo uso por alternativas reutilizables.
  • Queda prohibido el ofrecimiento gratuito de envases de plástico de un solo uso. Si el cliente los requiere, tendrá que pagar por ellos. En la factura se deberá reflejar por separado el importe de cada envase.
  • Se establece la obligación de dar agua del grifo gratis a aquellos clientes que te lo pidan y de servirla en vasos de vidrio o de papel.
  • A partir de 2025, los envases fabricados en PET, como las botellas de agua de uso común, deberán estar elaboradas con al menos un 25% de plástico reciclado.  

Normativas antifraude

Las normativas antifraude regulan aspectos como los límites máximos de pagos en metálico y los estándares técnicos que los dispositivos de cobro y gestión de pagos (como los TPV y las cajas registradoras) deben cumplir. De poseer dispositivos de cobro que no estén actualizados a estos estándares técnicos, la sanción recaerá sobre ti, y podría ser de hasta 50.000 euros por dispositivo y año fiscal desde la entrada en vigor en la normativa, según lo establecido en La Ley Antifraude 11/2021.

Encontrarás todos los detalles sobre la normativa antifraude y las obligaciones con las que tendrás que cumplir aquí.

Para evitar sanciones y problemas con las administraciones públicas, te aconsejamos que utilices un software TPV que garantice el cumplimiento normativo y que se mantenga constantemente actualizado para ello, como el de helloCash.

En helloCash, garantizamos el cumplimiento normativo y, cada vez que hay algún cambio legislativo, hacemos las actualizaciones pertinentes a nuestro software. Las actualizaciones se ejecutarán de forma automática, sin que tú tengas que preocuparte de nada.

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Normativa interna de comportamiento

El reglamento de conducta interna para empleados es un documento en el que se recogen formalmente las reglas y pautas de conducta tanto internas como de cara a los clientes cuyo cumplimiento se espera de los empleados. En este enlace encontrarás una guía muy detallada sobre y el modelo a usar para la elaboración de este documento.

En este documento se regulan todas las actividades dentro de la empresa y lo que los empleados podrán y no podrán hacer.

La elaboración de una normativa interna de comportamiento no es obligatoria, pero su aprobación puede ayudar a evitar que los empleados incumplan las reglas. 

Este reglamento establece normas para guiar el comportamiento de los empleados y es una garantía más del cumplimiento de las obligaciones del bar o restaurante frente a los reguladores públicos. 

Puesto que los bares y otros negocios de restauración tienen que adherirse a una gran cantidad de normativas, y el cumplimiento de algunas de ellas recaerá sobre los propios empleados (limpieza, manipulación de alimentos, entre otros), contar con este documento es una garantía más del cumplimiento de las obligaciones del bar o restaurante frente a las entidades reguladoras públicas y te permitirá protegerte legalmente en caso de pugnas legales (por ejemplo, en el supuesto de que alguno de tus empleados no cumpliese con estas normativas y tu bar fuera sancionado por ello).

Otras normativas

Si todas las normativas que hemos visto no te parecen suficientes, todavía hay algunas más que probablemente debas cumplir. Recuerda que cada ayuntamiento puede realizar modificaciones en este tipo de regulaciones, por lo que varían de municipio en municipio:

  • Extintores: Sí, es obligatorio que tu bar tenga al menos 1 extintor. La cantidad de extintores que tu bar deba tener dependerá del tamaño, el aforo, y el municipio en el que operes, entre otros factores. Hay varios tipos de extintores diferentes, y se clasifican según su tamaño, el agente extintor y el tipo de fuego en el que están especializados. Para cocinas comerciales, usualmente se exige disponer de un extintor de clase F o K. Estos están diseñados para apagar la combustión de aceite y grasa.
  • Detectores de humo: Por lo general, se te exigirá que el bar cuente con uno o más detectores de humo, con el objetivo de evitar y prevenir los incendios. A rasgos generales, los propietarios tendrán la obligación de revisar su funcionamiento cada 3-6 meses y, además, cada 1-5 años se realizarán revisiones por parte de técnicos cualificados. Además, el detector de humo debe estar certificado (y debes contar con dicha certificación).
  • Salida de emergencia: Los locales o espacios cerrados en los que vayan a coincidir más de 50 personas a la vez (en su interior) deben contar, según la normativa, con una salida de emergencia. Esta, además, debe estar señalizada de forma adecuada, utilizando carteles con un fondo verde y letras de color blanco, que además cuenten con su propia iluminación independiente (por ejemplo, bombillas pequeñas dentro del cartel) y deben indicar clara y explícitamente la dirección en la que se encuentra la salida de emergencia. La altura máxima de colocación de estos carteles no puede superar los 2,2 metros, y deben ser legibles desde, al menos, 20 metros.
  • Carteles: Hay ciertos carteles que, por lo general, deben colgarse de forma obligatoria y deben ser legibles y estar a la vista: 
    • El aforo máximo permitido 
    • La licencia de apertura 
    • El horario de apertura y cierre 
    • Condiciones del derecho de admisión 
    • Cartel de prohibido fumar 
    • Prohibición de dispensar tabaco y alcohol a menores de 18 años.
Normativas para abrir un bar en España (c) pexels.com

Conclusión: Qué se necesita para abrir un bar

En conclusión, para abrir un bar, necesitas una licencia de apertura y, a su vez, para conseguir la licencia de apertura, necesitas un proyecto técnico, un proyecto técnico en materia de incendios, un local que cumpla con las normativas pertinentes, un sistema APPC, implementar medidas de insonorización, entre otras cuestiones que hemos visto a lo largo del artículo.

Antes de empezar ningún trámite o gestión siquiera, te aconsejamos que hagas un estudio de mercado de la zona en la que vayas a operar y que elabores un plan de negocio y de marketing, con proyecciones financieras y un presupuesto sólido de los gastos recurrentes fijos del negocio y del dinero necesario para empezar.

En este artículo, vemos en detalle cuánto dinero se necesita para abrir un bar y, en este otro, cuánto dinero se puede llegar a ganar.

Por último, si todavía no te has decantado por un sistema TPV para tu futuro bar, nuestra recomendación es que utilices helloCash

Somos conscientes de que hay muchos requisitos y normativas cuyo cumplimiento tendrás que vigilar y garantizar, por lo que queremos ahorrarte el máximo trabajo posible: helloCash garantiza el cumplimiento normativo en lo que a las normativas antifraude se refiere.

Tú no tendrás que preocuparte por nada, nosotros nos encargaremos de mantener nuestro software actualizado en todo momento. Las actualizaciones se ejecutan de forma automática, sin que tú tengas que hacer nada.

Recuerda que las sanciones por no cumplir con La Ley Antifraude 11/2011 podrían ascender hasta los 50.000 euros por dispositivo no actualizado conforme a la normativa que poseas y año fiscal desde la introducción de la ley. No obstante, con helloCash no tendrás que preocuparte de nada a este respecto.

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Descargo de responsabilidad: Señalamos expresamente que este artículo no reemplaza el asesoramiento legal y/o fiscal.

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