Resumen: Se ha aprobado el decreto-ley para posponer la entrada en vigor de VeriFactu hasta 2027. Este decreto-ley también ha sido finalmente ratificado en el congreso, por lo que, sí, VeriFactu se pospone hasta 2027.

Actualización: Sí, el decreto-ley fue finalmente ratificado, por lo que VeriFactu finalmente se pospone hasta 2027.

La implementación del sistema VeriFactu ha generado considerable expectación e incluso controversia desde su aprobación, aunque especialmente durante los últimos meses, a medida que se acerca la fecha límite para su entrada en vigor. 

La patronal, ciertos sindicatos y asociaciones han manifestado en reiteradas ocasiones la necesidad de posponer las fechas de entrada en vigor, exponiendo como argumentos, entre otros, que grandes partes del sector privado todavía no habían podido adaptarse adecuadamente a las nuevas normativas.

Así, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 3 de diciembre de 2025, con el que se amplía el plazo de entrada en vigor de VeriFactu hasta 2027:

  • Las empresas tendrán hasta el 1 de enero de 2027 para adaptarse.
  • Los autónomos tendrán hasta el 1 de julio de 2027 para adaptarse.

No obstante, aunque ya ha sido aprobada y ya es una modificación normativa activa, el Real Decreto con el que se aprueba el cambio de plazos todavía está pendiente de ratificación en el Congreso.

En España, los decretos-leyes entran en vigor inmediatamente, pero únicamente tienen una validez de 30 días. Para que adquieran un carácter permanente y el estatus de ley, el Congreso debe ratificarlos a posteriori mediante votación. Esta votación tendrá lugar el jueves 11 de diciembre de 2025. Si el Congreso votara “Sí”, la norma se volverá permanente; si votara “No” (derogación), se anularía, volviendo a los plazos anteriores.

¿La prórroga de VeriFactu a 2027 ya está en vigor?

Sí y no. La prórroga de VeriFactu se ha implementado mediante un decreto-ley. Un decreto ley es una norma provisional con rango de ley, dictada por el Gobierno en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad, que entra en vigor inmediatamente pero debe ser convalidada (o derogada/tramitada como proyecto de ley) por el Congreso en un plazo de generalmente 30 días, para que adquiera un carácter permanente y el estatus de ley.

Lo que se ha aprobado ya es el decreto-ley, que solo tiene validez por 30 días, pero este todavía no ha sido ratificado en el Congreso.

Así pues, el cambio de las fechas límite sí está aprobado, pero esta aprobación únicamente tiene una validez de 30 días, por lo que en la práctica, no, las fechas límite para VeriFactu todavía no han sido oficialmente modificadas.

El nuevo calendario definitivo propuesto: ¿Cuáles serían las nuevas fechas de entrada en vigor de VeriFactu para autónomos y para empresas?

El aplazamiento supone un respiro de un año completo para todos los contribuyentes afectados. Las nuevas fechas establecidas serían las siguientes:

  • 1 de enero de 2027: Fecha límite para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, es decir, las empresas tendrán que haberse adaptado a VeriFactu antes del 1 de enero de 2027.
  • 1 de julio de 2027: Fecha límite para autónomos y profesionales.

Este cambio otorga un margen adicional significativo para que empresas y profesionales puedan preparar sus sistemas de facturación y adaptarse a los nuevos requisitos técnicos y normativos.

Ratificación del decreto-ley el jueves 11 de diciembre: ¿Qué está en juego?

La confusión mediática que ha rodeado este tema tiene su origen en el procedimiento parlamentario español de convalidación de decretos-leyes. Aunque el Real Decreto-ley ya está en vigor, este tiene una validez limitada, de aproximadamente 30 días desde su publicación, y el Congreso de los Diputados debe ratificarlo dentro de ese plazo para que adquiera carácter permanente. Si no se vota o si en la votación este no fuese ratificado (es decir, se votase en contra de él), el decreto ley perdería su validez.

Así, lo que se votará en el Congreso este jueves (11 de diciembre de 2025) es la ratificación de este decreto-ley. Si el resultado es afirmativo, la norma adquiere carácter permanente. En caso contrario, se derogaría y se retornaría a las fechas originales de implementación (1 de enero de 2026 para empresas y 1 de julio de 2026 para los autónomos).

La aprobación está prácticamente asegurada

Aunque técnicamente existe la posibilidad de que el Congreso derogue el decreto, el contexto político actual hace que este escenario sea extremadamente improbable. La prórroga fue una exigencia específica de Junts per Catalunya y cuenta con el respaldo del PNV, dos grupos parlamentarios cuyo apoyo es fundamental para la estabilidad de la mayoría gubernamental.

Dado que estos mismos partidos solicitaron la medida, es lógico anticipar que votarán a favor de su convalidación. Además, el decreto incluye otras disposiciones urgentes relacionadas con inversiones locales y distribución de competencias, lo que complica aún más un eventual voto en contra por parte de la oposición.

La obligación de los desarrolladores de software

Aunque las empresas y los autónomos dispondrían ahora de un plazo para adaptarse a VeriFactu que se extendería hasta 2027, los proveedores de software no gozan de la misma flexibilidad.

Estos deben cumplir con la denominada “regla de los 9 meses”, que les obliga a que las soluciones de facturación que comercialicen en España hayan sido adaptadas a VeriFactu, teniendo como fecha límite los nueve meses posteriores a la publicación de la Orden Ministerial de octubre de 2024. Es decir, teniendo como fecha límite el 29 de julio de 2025. Después de entonces, los desarrolladores de software no podrán comercializar en España soluciones de facturación que no estén adaptadas a VeriFactu.

Pues bien, el cambio en las fechas de adaptación no aplica a los desarrolladores de software, cuya fecha límite fue el 29 de julio de 2025,

Conclusión: Con total seguridad, VeriFactu se aplaza hasta 2027

El aplazamiento de VeriFactu hasta 2027 está aprobado mediante decreto-ley desde el 4 de diciembre de 2025, pero su validez depende de la ratificación parlamentaria del 11 de diciembre. Si el Congreso confirma la norma, empresas y autónomos dispondrán de un año adicional para adaptarse: hasta enero de 2027 para las sociedades y julio de 2027 para los profesionales independientes.

Dada la aritmética parlamentaria actual y el hecho de que la prórroga fue exigida por los propios partidos que deben apoyarla para que salga adelante (Junts y PNV), la aprobación está prácticamente garantizada. 

Descargo de responsabilidad: Señalamos expresamente que este artículo no reemplaza el asesoramiento legal y/o fiscal.

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